He tenido abandonado el blog una temporada, la verdad es que he estado saturado de trabajo pero las cosas marchan por buen camino.
He vuelto para contar algo que le va a servir a la gente que es de fuera de Madrid pero
va a venir a vivir y se va a traer el coche.
En Madrid, la empresa que se encarga de cobrarnos por aparcar en la calle es el SER
(Servicio de Estacionamiento Regulado).
Existe una cuota anual para los residentes de las diferentes zonas en las que tienen dividido
Madrid para que puedan aparcar poniendo un distintivo en el coche. Puedes aparcar el coche
en los estacionamientos marcados con color verde en la zona que te corresponda.
Para aparcar en otras zonas tienes que echar monedas en los parquímetros como todo el mundo.
El distintivo está asociado a la matrícula del coche y no lo puedes usar en otro coche.
Si vienes de fuera y no estás empadronado en Madrid también puedes sacar el distintivo para
aparcar en la zona en la que resides.
La documentación que tienes que presentar es original o fotocopia compulsada de:
- DNI (domiciliado en el mismo lugar de su empadronamiento) o Permiso de Conducción.
(a) En caso de tramitación referente al vehículo ante Tráfico, se aportará además el Justificante de la DGT o el de gestor administrativo colegiado.
(b) En caso de vehículos con matrícula extranjera deberá aportarse, además, el original del Permiso de Circulación.
- Certificado de empadronamiento del lugar de origen (la domiciliación del vehículo en propiedad deberá ser coincidente con dicho domicilio de empadronamiento del residente).
- Acreditación del domicilio, en Zona SER, en el que transitoriamente viva el interesado, mediante alguno de los siguientes documentos (original y fotocopia):
-- Recibo o domiciliación bancaria de algún gasto o consumo en los que conste la identidad del solicitante y el domicilio.
-- Contrato de arrendamiento en papel timbrado (si hubiere transcurrido más de un año desde su fecha de celebración, se acompañará del último recibo del pago del arrendamiento).
--Escritura de Propiedad de la vivienda a nombre del solicitante.
Puedes pagar de diferentes maneras, las tasas en 2009 son:
- Anual: 24,60 euros
- Mensual: 2,05 euros
- Primer trimestre natural: 6,15 euros
Las formas de pago:
1. Pagando el importe del abonaré en alguna de las entidades financieras colaboradoras. A partir de las 13,30 horas el abono de la tasa se efectuará mediante tarjeta bancaria en la propia oficina municipal.
2. Por Banca Telefónica hasta las 20 horas del último día del período voluntario.
3. A través de Internet hasta las 20 horas del último día del período voluntario, mediante: Tarjeta de crédito o débito, Banca Electrónica o Certificado electrónico clase 2CA.
Se puede consultar toda esta información directamente en la
página del SER.
Pensaba que cuando volviese al blog sería para hablar de la crisis pero esto me ha parecido
más interesante